martes, 2 de agosto de 2011
PRIMERA VICTORIA A LA LEY DE MEMORIA HISTÓRICA
La magistrada del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de A Coruña ordena al Ayuntamiento que devuelva el título de hijo predilecto de la ciudad a José Millán Astray. La juez estimó el recurso que presentó la hija del fundador de la Legión contra la decisión del Gobierno municipal porque subraya que el nombramiento se acordó en un pleno celebrado el 3 de agosto de 1922, "catorce años antes de la sublevación que dio origen a la Guerra Civil", por lo que no se le puede aplicar la ley de memoria histórica. La sentencia recalca que en el acta del pleno de 1922 se alega que la distinción concedida al general, futuro golpista, se acordó basándose "en los elevados méritos que al frente de la Legión extranjera, de la que es creador, ha contraído en defensa de la patria el heroico teniente coronel Don José Millán Astray, quien, con brillantes hechos de armas, conocidos y admirados por España entera, ha conquistado gloria inmarcesible". La magistrada, no obstante, recuerda que el Gobierno municipal tiene la potestad de dejar "sin efecto" los honores concedidos al general, pero no bajo el amparo de la ley por la recuperación de la memoria histórica. La juez, sin embargo, desestimó el recurso interpuesto por la hija de Millán Astray contra la retirada de la estatua de su padre y el nombre de la plaza porque considera que en esos dos casos el Ejecutivo local aplicó de forma correcta la ley aprobada por el Congreso de los Diputados en noviembre de 2007 a través de la cual se reconocen y amplían "los derechos de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil o la dictadura". El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 destaca en el fallo que el Ayuntamiento, que ordenó retirar la estatua del general golpista el 22 de enero de 2010, erigió el monumento para rendirle homenaje por su labor como fundador de la Legión, así como por su nombramiento como general jefe de la Dirección General del Cuerpo de Caballeros Mutilados, un órgano dirigido, según la juez, "a la atención exclusivamente de los combatientes del llamado bando nacional". "No cabe entender que la asignación del nombre de la plaza y la erección del conjunto escultórico tuviera como único fin el homenaje a la Legión, sino también la glosa de la figura del señor Millán Astray y sus actuaciones durante los años de Guerra Civil", manifiesta la magistrada en la sentencia, en la que estima "correcta" la aplicación que realizó el Concello de la ley de la memoria histórica al retirar el nombre del general de la plaza y su monumento. La hija de Millán Astray acusa al Ayuntamiento de aplicación "desmedida e ilegal" de la ley y exige al Ejecutivo municipal que reponga la efigie y el nombre de la calle. Los abogados del bufete que ejerce la representación de la familiar del fundador de la Legión -Urbalega Abogados, dirigido por Ignacio Menéndez González-Palenzuela- pueden recurrir la sentencia de la magistrada del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de A Coruña ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. El Concello también podrá interponer un recurso contra la decisión de la magistrada de devolver el nombramiento de hijo predilecto de la ciudad a Millán Astray. La familiar del general alega que el Ejecutivo local ordenó retirar la estatua sin haber resuelto el recurso de reposición que presentó ante la Subdelegación del Gobierno. "El Concello incumplió su obligación y adoptó la medida antes de resolver el recurso", recalca el director de Urbalega Abogados. La hija de Millán Astray asegura que la estatua del fundador de la Legión, pese a ser colocada en 1970, se instaló para conmemorar el 50 aniversario de la fundación de la Legión. Sus argumentos fueron desechados por la magistrada del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3, pero podrá volverlos a esgrimir ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
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1 comentario:
ole,ole,oleeeee.Felicidades a Millàn.ARRIBA ESPAÑA
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